El
informe emitido en Valencia el pasado 13 de Marzo de 2019 por la Directora
General de Cultura y Patrimonio de la Comunidad Valenciana, Sra. Dña. Mª Carmen
Amoraga Toledo respecto al “CUMPLIMIENTO
DE OBLIGACIONES LEGALES de redactar un plan especial de protección y de
inclusión, delimitando en el catálogo de protección el Nucleo Histórico
Tradicional de Xixona” es claro y contundente.
Del estudio
pormenorizado de dicho informe y sin ánimo de ser exhaustivos los hechos son los siguientes:
PRIMERO: El plazo de la
Conselleria de Cultura al Ayuntamiento de Xixona para la elaboración del
catálogo de Protecciones y la inclusión en el mismo del NHT; es contundente, UN AÑO. (El asunto no da para más)
El
catálogo de protecciones según art. 42 de la LOTUP es un instrumento de
ordenación de ámbito municipal, mediante el cual se determinan aquellos
elementos territoriales, espacios o bienes inmuebles que, en razón de sus
especiales valores culturales, paisajísticos u otros, requieren de un régimen de
conservación especifico y, en su caso, la adopción de medidas cautelares de
protección o de fomento y puesta en valor.
En
ese sentido el Ayuntamiento de Xixona con fecha 13 de Junio de 2019, en
cumplimiento de ley; Redacta y tramita la consulta pública (exp. 2019/943) para
elaborar el CATALOGO DE BIENES Y ESPACIOS
PROTEGIDOS DE AMBITO MUNICIPAL.
Del
informe del Arquitecto Jefe de .T. de gestión y disciplina urbanística del
Ayuntamiento de Xixona, concluimos dos
cosas:
1.-
El PGOU de Xixona (1986) está obsoleto; es decir que ya va siendo hora de
ponerse las pilas y trabajar más en su actualización.
(…..El plan General de
Ordenación Urbana de Xixona fue aprobado en 1986, por lo que no dispone entre
sus documentos del catálogo de protecciones que ahora exige la legislación
urbanística valenciana …..)
2.-
El actual catálogo de edificios protegibles es un documento parcial y no tiene
el alcance municipal exigido por la ley (LPCV).
(….. Por otra parte,
el Plan Especial de Reforma Interior del Casco Antiguo dispone de un catálogo
de edificios protegibles, sin embargo, el ámbito territorial de este documento
es parcial y por tanto, no tiene el alcance municipal exigido por la LPCV …..)
SEGUNDO: El concepto de
Interesados en el procedimiento administrativo es meridianamente significativo:
Ayuntamiento de Xixona y Iris Alicia
Cimolai Reginato; entendiéndose como interesado aquello que así recoge la
norma:
(…..
El art.
4 LPA 39/2015 establece los diferentes
supuestos en los que los ciudadanos adquieren,
en un procedimiento
administrativo concreto, la condición de interesados.
La LPA
39/2015 exige la existencia de una relación entre el ciudadano y el objeto del
procedimiento para adquirir la condición de interesado. A esa
relación que la LPA
39/2015 configura como un requisito para
poder intervenir en el procedimiento administrativo se le denomina legitimación.
·
Los titulares de derechos o intereses legítimos
individuales o colectivos que promuevan el procedimiento
administrativo ( art.
4.1.a) LPA 39/2015 )
TERCERO: En
noviembre de 2018 y anunciado en prensa se decía: En Xixona, proponen un plan de regeneración del casco antiguo que prevé
7 millones euros en inversiones en 6 años.
(…..Xixona celebrará el próximo lunes
(26/11/2018) el que puede ser su pleno más
relevante de la última década. El equipo de gobierno de PSOE y Més Xixona
llevan a una sesión plenaria extraordinaria (19.00 horas) tres actuaciones que
contemplan inversiones que
suman 12,3
millones de euros. Se trata del proyecto de construcción
del pabellón cubierto por 4
millones de euros, una modificación de crédito para financiar esta obra con el
remanente de tesorería, el proyecto para rehabilitar la Casa
Rovira y trasladar a este inmueble del siglo XVII la
Biblioteca por 1,3 millones, y el plan para regenerar el casco antiguo
con un programa de actuaciones valorado en 7 millones a lo largo de
seis años……)
En
Febrero de 2019 igualmente anunciado en la prensa local, claramente se definía
con todo tipo de detalles: El Ayuntamiento
de Xixona ha presentado esta semana un plan de acciones para la regeneración del
núcleo histórico por un valor de más de siete millones de euros.
(…..El plan, que tendrá un coste de 7 millones de euros y
para el que se pedirá ayuda a otras administraciones, define medidas como la
realización de obras de rehabilitación y renovación, la mejora de la movilidad
y la accesibilidad, la renovación de la señalética y el mobiliario urbano,
entre otras actuaciones complementarias…..)
Más recientemente en la Web pública
del Ayuntamiento como conjunto de buenas intenciones (Ambos sin asignación económica en los Presupuestos municipales) es
decir “puro humo”; No obstante figuran:
DOCUMENTO de SÍNTESIS - PLAN DE
IMPLEMENTACIÓN, de la lectura de ambos extraemos:
(….. ACTUACIÓN 5.4 ELABORACIÓN
DEL CATÁLOGO DE PROTECCIONES MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA ACTUACIÓN La
actuación consiste en la elaboración del Catálogo de Protecciones del municipio
de Xixona que, en lo relativo al casco antiguo, actualizará y completará el
existente en el Plan Especial de Reforma Interior, de acuerdo a los requisitos
que establece la normativa vigente y con las consideraciones específicas del
ámbito del núcleo histórico tradicional como Bien de Relevancia Local. Por otra
parte, y de manera específica incluirá las determinaciones relativas a la delimitación
del entorno de protección del Castillo y su plan de protección, dada su
consideración de Bien de Interés Cultural…..)
Asimismo
en ese mismo documento figura textualmente:
(….. METODOLOGÍA. RECURSOS. FINANCIACIÓN La redacción del
documento será encargada mediante el oportuno contrato de servicios, a un
equipo técnico externo. Los gastos de la
actuación serán sufragados con recursos propios del Ayuntamiento, si bien
la actuación podrá ser financiada parcialmente mediante subvenciones a cargo de
otras administraciones, que periódicamente se convocan con esta finalidad…..)
De
momento ya llegamos tarde; por varias razones:
a) las cantidades consignadas en el documento carecen
de presupuesto económico y las cantidades (60.500 euros) no se reflejan en el
Presupuesto municipal del Ayuntamiento de Xixona/2019; entre otras razones
porque el actual presupuesto municipal esta “prorrogado
de 2018”.
b) las
fechas de ejecución ya están vencidas.
En conclusión la
Sra. “Cimolai” vecina de Xixona, no andaba muy equivocada cuando el pasado 17 de septiembre de 2018 solicitaba la
intervención urgente de los servicios de cultura y patrimonio territoriales de
la comunidad valenciana;forzando la apertura de un expediente de declaración
de conjunto histórico – BRL - al Casco histórico de Xixona (Exp. A-2018-444 BARRI ANTIC DE
XIXONA). Lo lamentable de todo ello, es que tenga que impulsar el procedimiento administrativo de protección del CASCO HISTÓRICO una ciudadana (de forma altruista); cuando existen Sra/Sres políticos que cobran un buen sueldo del erario local, ejerciendo la desidia y dejadez mas absoluta.
Nuevamente
desde esta Bitácora, eterno agradecimiento a nuestra vecina Iris
Cimolai; que interactúa con el pueblo donde vive, protegiendo el patrimonio histórico cultural de Xixona.
Alicante
a 05 de septiembre de 2019
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