miércoles, 24 de abril de 2019

ESTRATEGIA DE REGENERACIÓN URBANA DEL CASCO ANTIGUO DE XIXONA -1ª Parte - Una FANTASÍA







La caída del Edificio situado en la calle galera en Septiembre/2017 supuso un antes y un después. Esta crónica de una muerte anunciada supuso el encendido de una “alerta” para los poderes púbicos locales.






En noviembre de 2018 y anunciado en prensa se decía: En Xixona, proponen un plan de regeneración del casco antiguo que prevé 7 millones euros en inversiones en 6 años.

…..Xixona celebrará el próximo lunes (26/11/2018) el que puede ser su pleno más relevante de la última década. El equipo de gobierno de PSOE y Més Xixona llevan a una sesión plenaria extraordinaria (19.00 horas) tres actuaciones que contemplan inversiones que suman 12,3 millones de euros. Se trata del proyecto de construcción del pabellón cubierto por 4 millones de euros, una modificación de crédito para financiar esta obra con el remanente de tesorería, el proyecto para rehabilitar la Casa Rovira y trasladar a este inmueble del siglo XVII la Biblioteca por 1,3 millones, y el plan para regenerar el casco antiguo con un programa de actuaciones valorado en 7 millones a lo largo de seis años……


En Febrero de 2019 igualmente anunciado en la prensa local, claramente se definía con todo tipo de detalles: El Ayuntamiento de Xixona ha presentado esta semana un plan de acciones para la regeneración del núcleo histórico por un valor de más de siete millones de euros.

…..El plan, que tendrá un coste de 7 millones de euros y para el que se pedirá ayuda a otras administraciones, define medidas como la realización de obras de rehabilitación y renovación, la mejora de la movilidad y la accesibilidad, la renovación de la señalética y el mobiliario urbano, entre otras actuaciones complementarias…..


En síntesis un conjunto de “Buena voluntad” que poco y nada tienen que ver con la cruda realidad.  La realidad es otra mucho más cruda que la anunciada en prensa, la realidad es la que vemos los residentes día a día en el Casco Antiguo y se llama DESIDIA y DEJADEZ MUNICIPAL.



PRIMERO: La Ley de Contratos del sector Público dice claramente en el desarrollo de su articulado y más concretamente en  su  art. 135.1 LCSP 2017 y de forma  expresa que el anuncio de licitación para la adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas, a excepción de los procedimientos negociados sin publicidad, se publicará en el perfil de contratante, si bien en los contratos celebrados por la Administración General del Estado, o por las entidades vinculadas a la misma que gocen de la naturaleza de Administraciones Públicas, el anuncio de licitación se publicará además en el Boletín Oficial del Estado.

Cuando los contratos estén sujetos a regulación armonizada la licitación deberá publicarse, además, en el «Diario Oficial de la Unión Europea», debiendo los poderes adjudicadores poder demostrar la fecha de envío del anuncio de licitación.

Son contratos sujetos a una regulación armonizada los contratos de obras, los de concesión de obras, los de concesión de servicios, los de suministros, y los de servicios, cuyo valor estimado sea igual o superior a las cuantías que se indican en los artículos 20 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público.

Igualmente el Art. 20 LCSP. Contratos de obras, de concesión de obras y de concesión de servicios sujetos a una regulación armonizada: Umbral. 1. Están sujetos a regulación armonizada los contratos de obras, de concesión de obras y de concesión de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a 5.548.000 euros.



C O N C L U S I O N


Llegados a este punto hemos de concluir que la  ESTRATEGIA DE REGENERACIÓN URBANA DEL CASCO ANTIGUO DE XIXONA  tanto su documento de síntesis denominado DIAGNÓSTICO Y ANÁLISIS DE OPORTUNIDADES PARA LA REVITALIZACIÓN DEL CASCO HISTÓRICO como el plan de implementación denominado ESTRATEGIA DE REGENERACIÓN URBANA DEL CASCO ANTIGUO anunciado en prensa y anexados en la web pública municipal es pura falacia, porque ese proyecto como tal es a todas luces susceptible de ser un contratos sujetos a regulación armonizada y por tanto debería estar a día de hoy publicado en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Xixona.

El régimen de publicidad de las contrataciones que regula la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 -LCSP 2017(EDL 2017/226876) así lo dice.

…..Los perfiles de contratante de los órganos de contratación de todas las entidades del sector público estatal deberán alojarse de manera obligatoria en la Plataforma de Contratación del Sector Público, gestionándose y difundiéndose exclusivamente a través de la misma. En las páginas web institucionales de estos órganos se incluirá un enlace a su perfil de contratante situado en la Plataforma de Contratación del Sector Público…..

Todos los residentes de  Xixona y especialmente los vecinos del CASCO HISTORICO estamos deseosos de “verificar” de nuestros políticos presentes y futuros, la realidad de lo que prometen (publicación de ambos planes en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Xixona); Hasta entonces y visto lo visto, el Plan de Regeneración y el Plan de implementación del AYUNTAMIENTO DE XIXONA con un presupuesto de más de 7.000.000 de euros, NO LO ESTAN  siendo su ejecución una pura “Fantasía”.



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