miércoles, 29 de enero de 2020

PIEDRA NEGRA la historia interminable



TITULAR

Reciclados y Compostaje Piedra Negra S. A. - Sociedad constituida el 11 de abril de 2001, perteneciente a FERROVIAL SERVICIOS ESPAÑA. (Contrato de arrendamiento-cesión derecho de superficies- con propietario -Ayto. de Xixona)

Planta inaugurada el 14 de abril de 2003, por el Vicepresidente de la Generalitat Valenciana Don Joaquín Ripoll y por el Conseller de Medio Ambiente Don Fernando Mondrego.

Reciclados y Compostaje Piedra Negra S.A., cuyas instalaciones ocupan 800.000 m2, atiende la valorización y tratamiento del residuo doméstico de todos los municipios que pertenecen principalmente al Plan Zonal XIV (actualmente Plan Zonal de Residuos 7 Área de Gestión A2)

Objeto Social - LA REALIZACION DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA CONSERVACION IDONEA DEL MEDIO AMBIENTE MEDIANTE. LA RECOGIDA, TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO, TRATAMIENTO, PROCESAMIENTO, TRANSFORMACION, RECICLAJE, INCINERACION Y DISPOSI

UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES


La planta de valoración y el vertedero de eliminación de residuos se ubican en la partida Piedra Negra en el término municipal de Xixona, a unos 5 km. al SSE del municipio. Al emplazamiento se accede desde la carretera nacional N-340 (actualmente CV-800) por un desvío señalizado. 

Dicho desvío conduce a las instalaciones del vertedero mediante un vial de dos carriles (uno para cada sentido de circulación) construido al efecto, que atraviesa el cauce del río Torremanzanas mediante un viaducto.

El suelo que ocupan las instalaciones fue declarado de Interés Comunitario mediante la correspondiente resolución de 5 de septiembre de 2001, aprobada por la Consellería de Obras, Públicas, Urbanismo y Transportes. Con una posterior resolución de rectificación, en diciembre de 2006.

Se presenta una tabla-resumen con los datos de localización, superficies, usos actuales y disponibilidad de las parcelas propuestas para la ubicación del conjunto de las instalaciones.

Municipio: Xixona
Paraje: Piedra Negra
Distancia mínima a núcleo habitado: 5 Km
Calificación del suelo: Suelo No urbanizable, con DIC para las instalaciones actuales
Disponibilidad: Contrato de arrendamiento-cesión derecho de superficies- con propietario (Ayto. de Xixona)

Pol. Parcela Sup. (Ha) Ref. catastral Uso actual
20 25:1 16,6323 03083A020000250100XD Pastos arbustivos
20 25:2 1,1775 03083A020000250100XD Improductivo
20 26:1 7,7393 03083A020000260000XX Pastos arbustivos
20 26:2 1,4412 03083A020000260000XX Improductivo
20 107:1 49,4084 03080A020001070000XQ Pastos arbustivos
20 107:2 11,3124 03080A020001070000XQ Improductivo
21 107:3 3,0871 03080A020001070000XQ Improductivo

Total superficie bruta: 90,7982 Ha
Superficie total: 427.891,89 m²
Superficie asignada a vertedero RSU 322.701,10 m²
Superficie asignada a inst. valorización 64.400,82 m²




AUTORIZACIÓN DE LA PLANTA


La empresa cuenta con (AAI) autorización ambiental integrada para su instalación de gestión de residuos urbanos, consistente en:

- Planta de tratamiento mecánico-biológico de residuos urbanos
- Planta de tratamiento de residuos voluminosos
- Planta de tratamiento de residuos de construcción y demolición
- Incineración de animales domésticos muertos

Quedando inscrita en el Registro de Instalaciones de la Comunitat Valenciana con el número 545/AAI/CV.

Piedra Negra realiza la valorización y tratamiento de los residuos que proceden del denominado plan zonal 7 y el área de gestión A2 de la Comunitat. Bajo esta denominación administrativa está el destino final de la basura que generan los habitantes de 24 municipios de la comarca de El Comtat, otros 5 pueblos de la zona de l'Alcoià y 8 localidades más de l'Alacantí. En suma, residuos que llegan a diario desde 36 poblaciones del interior alicantino y a los que ahora se suman también los restos del desmantelamiento del polvorín utielano.



PROYECTO DE GESTIÓN


Los Proyectos de gestión (Ley 10/2000 de 12 diciembre de Residuo C.V.)

………. instrumento bisagra entre las previsiones de los planes autonómicos y la gestión de los residuos de servicio público, se regulan los denominados proyectos de gestión. Son planes de alcance generalmente supramunicipal, que establecerán la forma en que se va llevar a cabo la construcción de las infraestructuras e instalaciones y el desarrollo de la gestión de los residuos. A través de estos planes se da cabida asimismo a la prestación del servicio por la iniciativa privada, mediante un sencillo procedimiento de concurso en el que se garantiza la pública concurrencia, para obtener la condición de adjudicatario de la gestión indirecta de este servicio.

A día de la fecha (Enero/2020)  en fase de elaboración.



ESTATUTOS DEL CONSORCIO PZR-7-A2


Artículo 3. Fines del Consorcio - Los fines del Consorcio son:

1º. Actuar como administración competente para la tramitación y adjudicación definitiva de los proyectos de gestión de iniciativa privada de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36 y 37 de la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana para la prestación del servicio de valorización y eliminación de residuos urbanos o municipales del artículo 4 e) en el ámbito territorial del Plan Zonal.

2º En su caso, elaborará y formulará, proyectos de gestión de iniciativa pública de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana, y con los contenidos a los que se refiere el artículo 34 de la misma.

3º. En su caso, declarará la gestión directa de los servicios de valorización y eliminación de residuos a través de cualquiera de las fórmulas previstas en la legislación de bases de régimen local, cuando así lo aconsejen razones de interés general y de eficacia en el servicio, asumiendo alguno de los proyectos de gestión presentados, procediendo a la indemnización al promotor por los gastos del proyecto realizado.

4º. El Consorcio, podrá desarrollar cualesquiera otras líneas de actuación en relación con otras operaciones de gestión de residuos de competencia municipal.







CRONOGRAMA PLANTA PIEDRA NEGRA






AÑO 2001

……….. el Ayuntamiento de Jijona suscribió en 1998 un acuerdo para el tratamiento en esta planta de 100.000 toneladas de basuras anuales de los municipios de L´Alacantí. Sin embargo, aseguró Verdú, el actual equipo de gobierno municipal, integrado por el PP y el Bloc, ha firmado un nuevo convenio con las dos mercantiles encargadas de la gestión de esta planta, INUSA y VAERSA, que prevé también el tratamiento de 50.000 toneladas de residuos de más al año procedentes de la zona quince, que engloba a las comarcas de Las Marinas. «Con estas 50.000 toneladas de más se reducirá el periodo de vida de la planta a unos veinte años», advirtió el portavoz del PSPV-PSOE.

….….. el secretario general del PSPV-PSOE en L´Alacantí, Agustín Jiménez, subrayó el interés de la Conselleria de Medio Ambiente en la incorporación de la empresa VAERSA en la construcción y gestión de la nueva planta, a través de la modificación del plan inicial de 1998……..





AÑO 2008


……  El presupuesto del Ayuntamiento de Xixona para el próximo año, aprobado ayer durante un pleno extraordinario, alcanza los 8.500.000 euros, cifra que supone un incremento del 30,43% respecto a las cuentas de 2008. La revisión que durante los últimos años viene realizándose del catastro implicará un aumento de los ingresos por el IBI y, por otro lado, los acuerdos alcanzados con el Consorcio de la Zona XIV por albergar la planta de residuos sólidos urbanos de Piedra Negra permitirán recibir más fondos ……..





AÑO 2011





La polémica de las basuras llega al Tribunal Superior Superior de Justicia (TSJ). El Ayuntamiento de Xixona interpuso ayer un recurso contencioso-administrativo ante el TSJ en Valencia contra el envío de basuras desde el norte de Castelló hasta la planta de Piedra Negra.




……….........……...………………... La falta de transparencia del Consell sobre la cantidad de residuos que asumirá el vertedero xixonenc ha llevado ahora a la judicialización de este tema, producto también del caos de la Generalitat en la política sobre el tratamiento de residuos en la Comunitat.
El Consistorio de Xixona, dirigido por el socialista Ferran Verdú, basa en los principios de solidaridad, proximidad y autosuficiencia su escrito contra la resolución de la Dirección General para el Cambio Climático de la Conselleria de Medio Ambiente, por la que se acuerda como solución transitoria para los residuos generados por la Zona I su traslado hasta la planta de Xixona, y que notificada el pasado 25 de noviembre al Consistorio.


Desde el Consistorio destacaron ayer que "es importante señalar que aunque el recurso se interpone contra la mencionada resolución,
el mayor problema no reside en la procedencia de la basura sino en la falta de transparencia y sentido común con los que actúan los responsables de la Conselleria de Medio Ambiente, así como el presidente del Consorcio de la Zona XIV y presidente de la Diputación de Alicante -José Joaquín Ripoll …………….....……………………………………………...



………………….……………………………………. Por otra también recuerda que "el marco normativo comunitario, nacional y autonómico que regula la gestión y tratamiento de residuos urbanos está inspirado por una serie de principios entre los que merece destacar los de autosuficiencia y el de proximidad"…………..........……………….






AÑO 2012


….. De acuerdo con los datos facilitados por la propia planta al consistorio, Piedra Negra admitió el pasado ejercicio "180.971,89 toneladas", han informado fuentes municipales en un comunicado.
Dicha cantidad supera "en casi 8.000 toneladas el límite establecido por la Autorización Ambiental Integrada que emite la Conselleria de Medio Ambiente" y que "fija el máximo en 173.000 toneladas", según las citadas fuentes.
Por todo ello, el alcalde de Xixona, Ferrán Verdú, tiene previsto informar de las actuaciones desarrolladas al respecto en el pleno municipal que se celebrará este jueves por la tarde.
Verdú considera que las cifras correspondientes a 2011 "superan el umbral por el que se autorizaba el funcionamiento" de esa instalación.
Fuentes municipales han explicado que el documento que se debatirá propone "remitir la información correspondiente al tonelaje que ha entrado en la planta de reciclaje de Piedra Negra a la Conselleria de Medio Ambiente" para que ésta adopte "las medidas oportunas de sanción y control".
También solicitarán a la presidenta de la Diputación de Alicante y del Consorcio de Residuos de la Zona XIV, Luisa Pastor, que convoque "de manera urgente" una sesión de ese organismo para informar de la gestión de la planta en 2011, que se aprueben los presupuestos de 2012 y que autorice el plan de gestión de Piedra Negra, "pendiente desde 2006".


Con la paradoja de plantearse gran preocupación por superar con creces el “umbral autorizado” cuando ya en 2008 el alcalde de la localidad Sr. Verdu había firmado todo lo contrario.




AÑO 2015


El Consistorio xixonenc anuncia batalla judicial contra la privatización.





AÑO 2016


La Cuenta General de la Generalitat de 2015 revela un nuevo conflicto judicial con Vaersa como protagonista.


…… La gestora pública de residuos ha sido demandada por el grupo Ferrovial por sacar cerca de 1,5 millones de euros de su otrora filial Reciclados y Compostaje Piedra Negra SA tan sólo días antes de venderle su participación a la multinacional.

Esta sociedad, que gestiona una planta de residuos en Xixona, estaba participada por Vaersa en un 51%. La empresa pública sacó a subasta su paquete de 1.840 acciones en la filial el 2 de marzo de 2015 por un precio mínimo de 5,2 millones de euros, cantidad por la que lo adquiriró la firma Cespa Gestión de Residuos SA, propiedad de Ferrovial y, hasta entonces, propietaria sólo del 49% restante.

El caso es que sólo cinco días antes de lanzar la subasta, en una junta general celebrada el 25 de febrero de 2015, Reciclados y Compostaje Piedra Negra SA -todavía dominada por Vaersa- aprobó una distribución de dividendos "con cargo a reservas voluntarias de ejercicios anteriores por un importe de 1.468.970,51 euros", según recogen las cuentas.

Esta distribución "no aprobada por el socio minoritario, el cual ha presentado una demanda contra Vaersa reclamando la citada cantidad", recogen tanto el informe de gestión de la empresa pública como las auditorías de las cuentas. Pese a la discrepancia, Cespa Gestión de Residuos SA siguió adelante con la transacción, que se oficializaría el 10 de abril de 2015.

El conflicto ha obligado a Vaersa a registrar los 1,5 millones de euros en el epígrafe de provisiones a largo plazo "por el importe demandado por Cespa en el litigio por la distribución de los dividendos con cargo a reservas realizada en Piedra Negra S.A".





AÑO 2017


Los 37 ayuntamientos de l'Alcoià y l'Alacantí agrupados en el consorcio comarcal de residuos de la zona 7 A2



……………………………………………….…….Impulsan un proceso histórico para dar seguridad jurídica al tratamiento de sus desechos. Esos 37 municipios, entre los que se encuentran grandes poblaciones como Alcoy y San Vicente, por ejemplo, acaban de convocar el concurso para regular por primera vez la prestación del servicio de tratamiento y eliminación de sus basuras, doce años después de que entrase en funcionamiento la planta que se encarga de ello: la de Piedra Negra, en Xixona.

…….. Cespa parte, de hecho, de una posición hasta cierto punto aventajada para ganar el concurso, ya que, en el pliego, se determinan al menos dos condiciones que podrían procurarle un bonus en la valoración de las ofertasLa primera es contar con una autorización ambiental integrada (AAI) en vigor. Y la segunda, es que -con la intención de procurar un sistema sostenible desde el punto de vista ambiental y de organización de los flujos de tráfico- se primará la cercanía respecto a los 37 municipios que componen el consorcio con una puntuación de 0 a 20 puntos. La planta de Xixona sería, en principio, la más próxima a esas 37 poblaciones. Pero podría competir cualquier otro gestor autorizado y presentar una oferta económica mejor (más económica para los ayuntamientos)……………………………...

……………………………………………………  Isabel López (PSPV), confirmó -a preguntas de Alicante Plaza- que uno de los objetivos prioritarios de la licitación era, precisamente, mejorar los resultados que se están obteniendo en la actualidad en la planta de Cespa sea quien sea el ganador del concurso. Además, destacó que la convocatoria del concurso se aprobó con el respaldo unánime de los ayuntamientos consorciados, tras más de una década de enfrentamiento político……………………………….  






AÑO 2018


Adjudicado el proyecto integral de gestión del Consorcio de Residuos Área de Gestión A2 de Alicante.



Aprobado por unanimidad por los miembros del consorcio. La empresa Vielca Ingenieros SA consigue el contrato de asistencia técnica para la gestión y eliminación de residuos de la planta, red de ecoparque y posibles plantas de transferencia.

El Consorcio Plan Zonal de Residuos 7 Área de Gestión A2 sigue dando pasos firmes para la consecución de sus objetivos de optimización de procesos y modernización de las instalaciones de Piedra Negra.

Precisamente en la sesión celebrada este martes 31 de julio en la Diputación de Alicante, la Junta General del consorcio aprobó por unanimidad de todos sus miembros en una convocatoria extraordinaria y urgente, la adjudicación del contrato del servicio de asistencia técnica para la redacción de la documentación necesaria para el futuro contrato de gestión y eliminación de residuos de la planta, red de ecoparque y posibles plantas de transferencia

Vielca Ingenieros SA, única empresa que optó al concurso en la adjudicación de este contrato, después de haber presentado una oferta que ha rebajado en más de 20.000 euros el precio base de la licitación, sitúa así el coste final de la redacción del proyecto en 56.003,72 euros.

La presidenta del consorcio y alcaldesa de Xixona, Isabel López, ha insistido en la necesidad de agilizar y continuar trabajando para cumplir con los plazos previstos en el proceso de mejora y modernización de la planta y de sus servicios….

A este respecto, desde la presidencia se ha aprovechado la cita plenaria para recordar los tres principales objetivos que rigen la gestión del consorcio en esta nueva etapa. Por una parte, una línea de trabajo importante es la de la concienciación tanto a ayuntamientos como a los vecinos y vecinas. “Todos los problemas no se pueden atajar en la planta”, recordaba López, “sino también reciclando en casa en origen. Pero también mirando más allá, atajando los problemas en las empresas y en sus diseños, minimizando al máximo los residuos”.

El segundo objetivo marcado desde el primer día del nuevo consorcio es regularizar la relación formal y contractual entre la planta, el mismo consorcio y los ayuntamientos.

Y por último, seguir mejorando las instalaciones de la planta. Una planta antigua que necesita una remodelación importante. En su día la empresa anunció unas inversiones que se contemplan en el contrato de servicios que se adjudicó en diciembre del 2017 y que superaban los 3 millones de euros”….






2018-2019 PERIODO TRANSITORIO



El consorcio del Plan Zonal 7 adjudica a CESPA el tratamiento de residuos.


La única oferta presentada consigue por unanimidad el contrato de servicios de tratamiento y eliminación de residuos como solución transitoria para 2 años por 11 millones de euros

La Junta General del Consorcio de Residuos del Plan Zonal 7 Área de Gestión A2 ha aprobado la adjudicación del servicio de tratamiento de residuos a CESPA, Compañía Española de Servicios Públicos Auxiliares Sociedad Anónima. El acuerdo de la sesión plenaria del pasado 15 de noviembre, por unanimidad, supone el contrato de servicios de tratamiento y eliminación de residuos como solución transitoria. El gasto máximo de este contrato, según la Ley de Contratos de Sector público, es de 11.121.770 euros (IVA incluido) y por un total de 2 años (cerca de 5,5 millones por año). La firma del contrato se rubricó el 22 de diciembre en la Diputación de Alicante por parte de la presidenta del consorcio, Isabel López, y de Jorge Tejedo, representante de la Planta de Tratamiento de RSU Piedra Negra. En la firma también ha estado presente el Director General de Cambio Climático, Joan Piquer……



Este servicio de tratamiento de residuos ha sido refrendado como solución transitoria hasta la aprobación de un proyecto de gestión integral de los residuos del Plan Zonal. El contrato finaliza el 31 de diciembre de 2019 con la finalidad de que en 2020 se haya tramitado uno nuevo que cumpla los recientes objetivos marcados por la Unión Europea (UE) en Gestión y Tratamiento de RSU para ese año. Entre muchos de los objetivos de la estrategia Europa 2020, está el de convertir la Unión Europea en una Economía Circular, con el fin de reducir la producción de residuos y utilizarlos como recursos.






Xixona da permiso a Piedra Negra para levantar una nave en la que reciclar los enseres y la poda.


El Consistorio concede licencia de obra para que la empresa invierta casi 500.000 euros en mejoras para enterrar menos residuos

Primera inversión de calado en la planta de basuras de Piedra Negra en sus 15 años de vida, para aumentar así su escaso reciclaje. El Ayuntamiento de Xixona ha concedido licencia de obra a Reciclados y Compostajes Piedra Negra, propiedad de la multinacional Ferrovial, para la ampliación y mejora de la instalación de valorización, por un montante cercano a los 500.000 euros. Se trata, por una parte, de mejorar los accesos y la instalación de nuevos equipos en el interior del edificio de valoración, y por otra la construcción de una nueva nave de trituración de voluminosos -para enseres domésticos como por ejemplo sofás, colchones o armarios- y de restos de poda. Una obra que pondrá fin a algunas de las polémicas imágenes que hizo público este medio sobre la falta de reciclaje el mes pasado, en las que se veía como se enterraban enseres y restos de poda sin tratar, entre otras deficiencias que han llevado a PP y Cs a reclamar dimisiones en la Conselleria de Medio Ambiente.




La empresa solicitó la licencia en febrero de 2017, recibiendo autorización parcial para la primera parte de la actuación el pasado verano, mientras que el permiso para la nave de triturado se ha concedido el pasado 29 de enero, tras subsanar una serie de deficiencias y aclarar la maraña legal en la que se encuentra el complejo. Y es que la privatización llevada a cabo por la Generalitat a principios de 2015, cuando aún gobernaba el PP, unida a la ausencia de un Plan de Gestión y de una vinculación contractual con el Consorcio de Basuras y sus ayuntamientos, ha dificultado toda esta tramitación, según explica la alcaldesa de Xixona y presidenta del Consorcio, Isabel López.

Es más, esta ampliación para mejorar el reciclaje ha estado en el aire por la privatización. Según la Ley, si es una empresa privada quien pide esta licencia tendría que cambiarse la Declaración de Interés Comunitario (DIC) que se aprobó para instalar la planta, lo que alargaría muchísimo la tramitación. No obstante, según los informes jurídicos aportados por la Conselleria, en este caso se trata de una empresa que «de facto» actúa como agente de servicio público desde 2003, por lo que no requiere cambiar la DIC. Además, las inversiones en la planta, donde Ferrovial prevé 3,2 millones en obras de mejora, estaban también a expensas de un acuerdo que se concretó las pasadas navidades, con la firma de un contrato por dos años de adjudicación del servicio mientras se termina el Plan de Gestión que debe regir el funcionamiento de la planta, y que está pendiente desde hace más de una década



……. Nuevos equipos y nave de trituración - Estas mejoras consisten, por una parte, en la ampliación e instalación de nuevos equipos en el interior del edificio de valorización y, por otra la construcción de una nueva nave de trituración de voluminosos, es decir, para grandes enseres domésticos (colchones, sofás, armarios, etc).
La futura obra va a permitir mejorar los porcentajes de recuperación y rendimientos del proceso de tratamiento mecánico, empleando equipamientos que puedan incorporarse en el diseño futuro de la planta una vez adjudicado el Proyecto de Gestión del Plan Zonal 7-A2.









AÑO 2018


27 agosto  2018 – Adjudicado el proyecto integral de gestión del Consorcio de Residuos Área de Gestión A2 de Alicante.

Aprobado por unanimidad por los miembros del consorcio. La empresa Vielca Ingenieros SA consigue el contrato de asistencia técnica para la gestión y eliminación de residuos de la planta, red de ecoparque y posibles plantas de transferencia.

El Consorcio Plan Zonal de Residuos 7 Área de Gestión A2 sigue dando pasos firmes para la consecución de sus objetivos de optimización de procesos y modernización de las instalaciones de Piedra Negra.

Precisamente en la sesión celebrada este martes 31 de julio en la Diputación de Alicante, la Junta General del consorcio aprobó por unanimidad de todos sus miembros en una convocatoria extraordinaria y urgente, la adjudicación del contrato del servicio de asistencia técnica para la redacción de la documentación necesaria para el futuro contrato de gestión y eliminación de residuos de la planta, red de ecoparque y posibles plantas de transferencia

Vielca Ingenieros SA, única empresa que optó al concurso en la adjudicación de este contrato, después de haber presentado una oferta que ha rebajado en más de 20.000 euros el precio base de la licitación, sitúa así el coste final de la redacción del proyecto en 56.003,72 euros.

… La presidenta del consorcio y alcaldesa de Xixona, Isabel López, ha insistido en la necesidad de agilizar y continuar trabajando para cumplir con los plazos previstos en el proceso de mejora y modernización de la planta y de sus servicios….




… A este respecto, desde la presidencia se ha aprovechado la cita plenaria para recordar los tres principales objetivos que rigen la gestión del consorcio en esta nueva etapa. Por una parte, una línea de trabajo importante es la de la concienciación tanto a ayuntamientos como a los vecinos y vecinas. “Todos los problemas no se pueden atajar en la planta”, recordaba López, “sino también reciclando en casa en origen. Pero también mirando más allá, atajando los problemas en las empresas y en sus diseños, minimizando al máximo los residuos”.

El segundo objetivo marcado desde el primer día del nuevo consorcio es regularizar la relación formal y contractual entre la planta, el mismo consorcio y los ayuntamientos.

Y por último, seguir mejorando las instalaciones de la planta. Una planta antigua que necesita una remodelación importante. En su día la empresa anunció unas inversiones que se contemplan en el contrato de servicios que se adjudicó en diciembre del 2017 y que superaban los 3 millones de euros”….






AÑO 2019


La diputada del Grupo Popular en Les Corts denuncia el envío de toneladas de residuos plásticos desde Utiel hasta Xixona.


…………………………………………………….La diputada del Grupo Parlamentario Popular (GPP) en Les Corts Valencianes Elisa Díaz denuncia el envío de toneladas de plásticos desde un vertedero ilegal de la localidad valenciana de Utiel hasta la planta de Piedra Negra, en Xixona, “sin control alguno”. Entiende que “el Consell trata la provincia de Alicante como el vertedero de la Comunitat” y exige que la consellera de Medio Ambiente dé explicaciones y diga cuántas de esas toneladas van a llegar a la provincia de Alicante.

El GPP ha preguntado a la Conselleria “cuántas toneladas van a llegar a Xixona y dónde irá el resto” que permanece acumulado en ese vertedero ilegalen Utiel “sin saber cuál es su origen y, si son de otro consorcio, que sean transparentes y lo digan”. Elisa Díaz considera “increíble que quienes tanto nos criticaran por llevar la basura de un sitio a otro de la Comunitat por no estar acabadas las infraestructuras para la gestión de residuos de Castellón, ahora que sí cuentan con estas infraestructuras, den el visto bueno a que toneladas de residuos plásticos vayan a parar a Alicante cuando no es la planta más cercana”.

Denuncia que el Consell “no ha invertido ni un solo euro en hacer nuevas plantas de tratamiento de residuos que den respuesta a la cantidad de residuos generada en la Comunitat Valenciana”, caso de la Vega Baja. La parlamentaria popular subraya “el daño medioambiental que producirá no solo la acumulación de estos plásticos en la ya saturada planta de Piedra Negra sino también el traslado de tal tonelaje a más de 200 kilómetros”.

“Lo único que se entiende de esta cuestión es por qué el Consell se niega a dar explicaciones al Partido Popular cuando les hemos demostrado con vídeos que en la planta de Xixona se ha estado vertiendo todo tipo de residuos sin hacer el tratamiento previo necesario”, insiste Díaz. El GPP ha preguntado de nuevo a la conselleria si se ha tramitado el correspondiente expediente sancionador a la planta de Xixona, por aquellas imágenes que todos conocimos de vertidos irregulares………………………………………..







AÑO 2019


La plataforma Ecologistes en Acció mantiene que las administraciones serán sancionadas por no cumplir la legislación.

…………………………………………………… los datos demuestran la nefasta gestión de los residuos municipales que se hace en el País Valencià y, en especial, en las comarcas alicantinas. La Conselleria competente debería abrir un expediente sancionador a las corporaciones responsables de la gestión de esas plantas TMB y vertederos (FCC, Cespa-Ferrovial, Urbaser-Dragados, Hormigones Martínez, Ortiz e Hijos, etc.) e incluso a la empresa pública Vaersa», reclamaron. Para los ecologistas, los cambios en el modelo de gestión y recogida de los residuos municipales «son urgentes no sólo para cumplir la normativa autonómica».
El incumplimiento más que probable de la legislación europea, que exige reutilizar y reciclar el 50% de los residuos generados en 2020, «conllevará sin duda sanciones en los ayuntamientos y consorcios de residuos, que acabaremos pagando la gente de a pie», advirtieron los ecologistas. Frente a ello, «la alternativa es continuar llenando los escasos vertederos que quedarán o abrir otros nuevos, con los gravísimos impactos asociados que conlleva, como la generación de gases de efecto invernadero, los malos olores, el riesgo de cáncer en las poblaciones próximas, el riesgo de contaminación de acuíferos o incendios», lamentaron………………………………………….





AÑO 2019

Los cinco vertederos de la provincia desbordados - Ecologistas en Acción denuncia que el año pasado se superó el 70'4% de residuos, 25 puntos por encima del límite del 45% que establece el Plan Integral de Residuos


……………………………………………………….El vertido de residuos a las cinco plantas municipales de la provincia superó el año pasado el 70'4%, una cifra muy por encima del límite del 45% que establece el Plan Integral de Residuos, y que demuestra el "abuso del vertido" que se está haciendo en todo el País Valencià, según Ecologistas en Acción.

Además, la recuperación de materiales y subproductos solo llega al 2,7% de la basura que entra, cantidad muy inferior al 9% que determina la normativa.

En 2018 se vertieron 560.000 toneladas de residuos municipales después depasar por las plantas tratamiento mecánico-biológico, de un total de unas 800.000 toneladas entrantes, lo que representa ese 70,4%, que supera en 25 puntos el vertido máximo autorizado.

Los datos han sido analizados por Ecologistes en Acció, a partir de las memorias de gestores de residuos que las empresas gestoras están obligadas a presentar en el primer trimestre, y que la organización ecologista solo pudo conseguir mediando una queja al Síndic de Greuges.

Y según esos datos la vida útil de los cinco vertederos asociados en esas plantas -Alicante, Xixona, El Campello, Elx y Villena- sería de solo tres años y medio. Un ejemplo es el vertedero de Villena, que ya se saturó, al llenarse por completo sus celdas, y la misma dinámica espera al resto de vertederos a Alicante, dice Carlos Arribas, portavoz de Ecologistas en Acción, que denuncia la "nefasta gestión de los residuos municipales en el Paìs Valencià". Exigen que la conselleria abra expediente sancionador a las corporaciones responsables de la gestión de esas plantas, entre ellas FCC, Cespa-Ferrovial, Ortiz e Hijos y Hormigones Martínez, e incluso a la propia empresa pública Vaersa.

Ecologistas exige un cambio urgente en el modelo de gestión y recogida de los residuos municipales. Recuerda que a partir de 2020, el incumplimiento más que probable de la legislación europea, que nos exige reutilizar y reciclar el 50% de los residuos generados, conllevará sanciones en los ayuntamientos y consorcios de residuos, que acabará pagando el ciudadano de a pie ………………………………………………………
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AÑO 2019

8/12/2019 -  El colectivo conservacionista Ecologistas en Acción ultima la presentación de alegaciones para dar la batalla frente a la primera ampliación de una de las tres plantas de tratamiento de residuos situadas en la comarca de l'Alacantí, junto a la de Alicante (para la que también hay planes de expansión) y la de El Campello.

Se trata de las instalaciones de Reciclados y Compostaje Piedra Negra SA que gestiona CESPA-FERROVIAL en el término municipal de Xixona, en la que se da servicio a 37 poblaciones de l'Alacantí y l'Alcoià, enmarcadas en el Plan Zonal 7A2.

El proyecto trazado por Cespa-Ferrovial, que ahora permanece en exposición al público para la modificación de su autorización ambiental integrada, comprende una inversión de 11,7 millones para la construcción de dos nuevos vasos de vertido (además de otros 6,1 millones para el sellado de los dos existentes ahora) sobre una superficie de 150.000 metros cuadrados, lo que supondrá duplicar el tamaño actual del centro de tratamiento. Y ese es, precisamente, uno de los motivos principales en los que Ecologistas en acción pretende fundamentar sus objeciones para evitar esa expansión. Según el colectivo conservacionista, la ampliación de la planta en esa superficie adicional de 15 hectáreas no está justificada a partir de las necesidades de eliminación de los municipios incluidos en el plan zonal. 

De hecho, Ecologistas en Acción incide en que la proyección de volumen de residuos que se adjunta al proyecto para motivar la ampliación prevé que la planta siga recibiendo desechos procedentes de la Vega Baja que recibe ahora (con una media de 85.000 toneladas anuales) hasta 2041. Es decir, que se da por hecho que se va a mantener ese flujo durante otros 20 años (los nuevos vasos se pondrían en funcionamiento en 2021) sin tener en cuenta que la comarca más septentrional de la provincia de Alicante trata de tramitar ahora la construcción de su propia planta de residuos.......

…… El colectivo conservacionista Ecologistas en Acción ARGUMENTA:


1.- la proyección de volumen de residuos que se adjunta al proyecto para motivar la ampliación prevé que la planta siga recibiendo desechos procedentes de la Vega Baja que recibe ahora (con una media de 85.000 toneladas anuales) hasta 2041. Es decir, que se da por hecho que se va a mantener ese flujo durante otros 20 años (los nuevos vasos se pondrían en funcionamiento en 2021) sin tener en cuenta que la comarca más septentrional de la provincia de Alicante trata de tramitar ahora la construcción de su propia planta de residuos.

Así, el proyecto programa la entrada de una media de más de 70.000 toneladas anuales procedentes de municipios ajenos a l'Alacantí y l'Alcoià, en su mayor parte derivada desde 17 de los 27 municipios de la Vega Baja, a lo largo de esas dos décadas, aunque también de otras poblaciones de Castellón y Valencia, como Vall d'Uixó y Alginet (donde Cespa-Ferrovial también gestiona instalaciones de tratamiento). Esa cifra prácticamente igualaría al tratamiento de residuos sí adscritos al Plan Zonal 7A2 ………. se da por hecho que se va a mantener ese flujo durante otros 20 años (los nuevos vasos se pondrían en funcionamiento en 2021) sin tener en cuenta que la comarca más septentrional de la provincia de Alicante trata de tramitar ahora la construcción de su propia planta de residuos.

2.- el colectivo arguye que se trata de sustentar una ampliación sobredimensionada mediante cálculos ficticios, de modo que no sería necesaria la construcción de los dos nuevos vasos de vertido. Máxime si se tiene en cuenta que las directivas europeas establecen que, como máximo, sólo debe derivarse a vertedero el 10% de los residuos tratados, lo que conlleva una mejora en los sistemas de clasificación, reciclaje y reutilización. Sin embargo, según los ecologistas, en el proyecto se contempla que el porcentaje de desecho que irá a vaso de vertido será del 15%, lo que supondría un incumplimiento que también quedará reflejado en sus alegaciones

3.- el colectivo sostiene que la planta se construyó tras la aprobación de una Declaración de Interés Comunitario (DIC) en 2001 en la que se amparaba el uso de 80 hectáreas de suelo (800.000 metros cuadrados) de la partida de Piedra Negra, aunque sólo se ocuparon 15 para construir las instalaciones actuales. Así, a juicio de los conservacionistas, se debería promover una modificación de esa DIC si lo que se pretende es ocupar otras 15 hectáreas más

4.- los ecologistas subrayan que el recinto del centro de tratamiento se encuentra afectado por la declaración de una Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA), aprobada en 2009 (después de la construcción de la planta), de modo que no se podría ejecutar una ampliación de las instalaciones al tratarse de suelo protegido por la Red Natura 2000 (que preserva áreas de biodiversidad de la Unión Europea). En esta línea, el colectivo considera que tampoco podría acordarse una modificación de esa ZEPA para permitir la ampliación de la planta, ya que existe el precedente del complejo residencial construido en la Isla de Valdecañas (Cáceres), también protegida por la Red Natura 2000, declarado ilegal por sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 2014, ahora ratificada por el Tribunal Constitucional (TC), que acaba de sentenciar la inconstitucionalidad del cambio legislativo aprobado por la Junta de Extremadura para amparar el proyecto.

5.- … Y, por último, en el paquete de alegaciones que prepara el colectivo (el plazo para su registro finaliza el día 16 de enero) también se abundará en la ausencia de análisis económico exigido a través del Real Decreto 1481/2001 para impulsar el proyecto, entre otros puntos. 

Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.

·         10.º Un análisis económico en el que se demuestre el cumplimiento del artículo 11. Para los vertederos que admitan residuos de construcción y demolición, el análisis económico deberá prever un sistema de tarifas que desincentive el depósito de residuos susceptibles de valorización o sometidos a un tratamiento previo al vertido limitado a su clasificación.

·         Artículo 11.Costes del vertido de residuos. El precio que la entidad explotadora cobre por la eliminación de los residuos en el vertedero cubrirá, como mínimo, los costes que ocasionen su establecimiento y explotación, los gastos derivados de las garantías a que se refieren los párrafos c) y d) del artículo 9.1, así como los costes estimados de la clausura y el mantenimiento posterior de la instalación y el emplazamiento durante el plazo que fije la autorización, que en ningún caso será inferior a treinta años. Con una frecuencia que fijará la autoridad competente, pero que como mínimo será quinquenal, la entidad explotadora del vertedero presentará una actualización del análisis económico mencionado en el artículo 8.1.décimo del párrafo b). Las Administraciones públicas velarán por la transparencia en la recogida y uso de toda la información necesaria con respecto a dichos costes, dentro del respeto a las disposiciones de la Ley 38/1995, sobre el derecho de acceso a la información en materia de medio ambiente.





AÑO 2020


10/01/2020 - ALEGACIONES FRENTE A LA PRIMERA EXTENSIÓN DE UNA PLANTA DE RESIDUOS EN L'ALACANTÍ - Xixona hace piña con los ecologistas y también se opondrá a la ampliación de su vertedero

…… El Ayuntamiento de Xixona se suma a colectivos conservacionistas como Ecologistas en Acción y también dará la batalla frente al proyecto de ampliación de la planta de residuos de Piedra Negra, asentada en su municipio. Lo hará mediante la presentación de alegaciones frente a la solicitud de modificación de la autorización ambiental integrada de la que dispone su empresa gestora: la filial de Cespa-Ferrovial, Reciclados y Compostaje Piedra Negra SA.

….. El colectivo Ecologistas en Acción se anticipó al propio Ayuntamiento de Xixona y registró, este miércoles, un paquete de 27 alegaciones en el que reclama que se rechace la modificación de la autorización ambiental integrada solicitada. Parte de ellas son las anticipadas por este diario, el pasado diciembre.

En concreto, consideran que el proyecto de ampliación trata de sustentar una ampliación sobredimensionada mediante cálculos ficticios, de modo que no sería necesaria la construcción de los dos nuevos vasos de vertido. Máxime si se tiene en cuenta que las directivas europeas establecen que, como máximo, sólo debe derivarse a vertedero el 10% de los residuos tratados, lo que conlleva una mejora en los sistemas de clasificación, reciclaje y reutilización

A juicio del colectivo, ese objetivo no se cumple en el proyecto de Piedra Negra. Y además, añaden otras circunstancias como la inexistencia de cálculos reales sobre la emisión de gases que generan efecto invernadero procedentes del depósito de residuos; que la ampliación no está contemplada en Plan Integral de Residuos de la Comunitat y, en consecuencia, no tendría cobertura legal; que existen errores de cálculo en los estudios geológicos aportados; que no se aporta el preceptivo estudio económico; o que no se tiene en cuenta el nivel freático a la hora de determinar la cota de excavación de los vasos de vertido, entre otras cuestiones de carácter técnico y legal.



AÑO 2020


ENERO/2020 - Alegaciones de Ecologistas en Acción del País Valenciano.


Alegaciones de Ecologistas en Acción del País Valenciano al Proyecto y Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) para la ampliación del vertedero de Xixona con las celdas 5 y 6, en la partida El Feliu, paraje Piedra Negra, término de Xixona (Alacant), promovido por Reciclados y Compostaje Piedra Negra SA (RCPNSA).



  1. Primera. El EsIA no describe, analiza, ni cuantifica correctamente uno de los efectos directos más significativos sobre el clima, como es la emisión de gases de efecto invernadero procedente del depósito de residuos en vertedero, y por tanto incumple el artículo 35 de la Ley 21/2013, de 5 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por la Ley 9/2018, de 9 diciembre. 
  2. Segunda.- La ampliación del vertedero de Xixona no está contemplada en el Plan Integral de Residuos de la Comunitat Valenciana y por tanto es ilegal, ya que no cumple con los requisitos del artículo 9.1.e) del Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
  3. Tercera.- El Estudio geológico e hidrogeológico presentado en el Anejo III.1 de la Memoria no cumple con los requisitos establecidos por el Plan Zonal de la zona XIV. Además ese Estudio elaborado en 2009 no se refiere al presente proyecto de ampliación del vertedero con las celdas 5 y 6 sino a otro proyecto diferente. 
  4. Cuarta.- La Memoria presentada por RCPNSA SA no contiene el preceptivo análisis económico exigido por el artículo 8, en el que se demuestre el cumplimiento del artículo 11 del RD 1481/2001, de 27 de diciembre, que regula el depósito de residuos en vertedero. 
  5. Quinta.- En este proyecto de ampliación del vertedero de Xixona no se mantiene una distancia mínima entre la cota del fondo de excavación de los vasos y el nivel freático medio. En la celda 5 el nivel piezométrico alcanza la cota del fondo de excavación del vaso. 
  6. Sexta.- El proyecto y el EsIA deberían analizar las razones del acortamiento de la vida útil del vertedero de Xixona de 30 años, duración programada inicialmente, a menos de 20 años. La colmatación del vertedero de Xixona inaugurado en 2003, y con una vida útil de 30 años se ha debido a la entrada de residuos de otros planes zonales, a la baja eficiencia en la gestión de la planta TMB y a la entrada irregular de residuos que ha propiciado la patrimonialización del mismo por parte de Cespa-Ferrovial. Se están incumpliendo por parte de esa mercantil las condiciones de la AAI.Los antecedentes de las instalaciones en Piedra Negra descritas en el EsIA en el apartado 0 Diagnóstico de la situación actual son muy incompletas. Sería una irresponsabilidad por parte de la Autoridad ambiental otorgar una nueva AAI a una mercantil que ha incumplido y que se propone incumplir los condicionantes de la AAI y la normativa vigente.
  7. Séptima.- La ampliación proyectada del vertedero no es necesaria ni está justificada en los términos planteados en la Memoria. Este proyecto incumple la Directiva (UE) 2018/850, de 30 mayo, que establece el objetivo de que solamente se puedan depositar en vertedero un máximo del 10% del total de los residuos municipales generados a partir de 2035, cuando la Memoria proyecta un vertido del 15% de los residuos entrantes en la planta TMB a partir de 2034 hasta 2041, tanto los provenientes del Plan Zonal 7 A2 como los externos a ese Plan Zonal.
  8. Octava.- El proyecto es incoherente pues contiene datos discordantes en aspectos básicos entre la Memoria y sus Anejos. Hay una confusión en el presupuesto de las medidas correctoras y el de la construcción y sellado del vertedero.
  9. Novena.- En la Memoria se sostiene que no existirán vertidos al dominio público hidráulico, sin embargo en el Proyecto de Explotación (Anejo VII.3) se plantean vertidos a cauce público de aguas pluviales que caigan en el vaso de vertido. El Organismo de Cuenca debería autorizar ese vertido.
  10. Décima.- Los valores límite de emisión propuestos para el motor de biogás, foco 6, son incompatibles con los exigidos por la normativa vigente de instalaciones de combustión medianas.
  11. Undécima.- Para evitar los olores generados por la evaporación natural en la balsa de lixiviados, principal foco de olores en el vertedero, proponemos como medida correctora la cubrición de esa balsa con una lámina de plástico flotante y la recogida y tratamiento de los gases generados.
  12. Decimosegunda.- No se han evaluado correctamente las importantes emisiones del evaporador, como fuente de contaminantes y olores. Se deberían aplicar medidas correctoras adicionales. Se debería monitorizar la concentración de olor una vez cada seis meses como mínimo según establece la Decisión de Ejecución (UE) 2018/1147 de la Comisión Europea. No se consigna el destino final del lixiviado concentrado.
  13. Decimotercera.- Los terrenos de Piedra Negra donde se quiere ampliar el actual vertedero no son impermeables, son dicho en propiedad semipermeables, correspondiendo a acuitardos y la barrera geológica natural no cumple con la condición de permeabilidad del Anexo I 3.2 del RD 1481/2001.
  14. Decimocuarta.- Ni en la Memoria ni en el EsIA se describe el origen externo de los casi 200.000 m3 de tierras necesarias para la cubrición diaria, la construcción de los vasos y taludes y el sellado de las celdas del vertedero. No se evalúa ese impacto en el EsIA.
  15. Decimoquinta.- La valoración de los impactos del proyecto de ampliación del vertedero de Xixona en el EsIA es totalmente errónea.
  16. Decimosexta.- La Memoria no contempla la prohibición que establece la Directiva 1999/31/CE, del Consejo, de 26 de abril, relativa al vertido de residuos, del vertido de residuos que hayan sido recogidos de forma separada. Así mismo esa Directiva establece la prohibición de depositar en vertedero los residuos aptos para el reciclado u otro tipo de valorización, a partir de 2030.
  17. Decimoséptima.- Una de las medidas preventivas contra posibles incendios en el vertedero es crear un acopio de tierras equivalente a 5 días de cubrición del frente de vertido. La utilización de material bioestabilizado como sustitución de verdaderas tierras debería estar prohibido en este caso.
  18. Decimoctava.- El Estudio de Alternativas presentado es un ejercicio infantil de justificación de la decisión de ampliar el vertedero de Piedra Negra plagado de premisas falsas y valoraciones “ad hoc”. Seguramente esa ampliación ya estaba prevista en 2009 cuando se encargaron los estudios hidrogeológicos para un proyecto de ampliación a ITC SA y a José Ramón Jiménez Salas.
  19. Decimonovena.- Otorgar la AAI a este proyecto de ampliación del vertedero de Xixona supone caminar en la senda del incumplimiento del Acuerdo de París de 2015 de reducción de la emisión de GEI y de los Objetivos del Desarrollo Sostenible para 2030 aprobados por Naciones Unidas. Además ese hecho incumpliría los objetivos propuestos por el Consell de la Generalitat Valenciana en su Declaración de Emergencia Climática de 6 de septiembre de 2019.
  20. Vigésima.- El estudio de alternativas presentado no es válido pues se reduce al estudio de distintos emplazamientos y tecnologías del empacado de los residuos a depositar en el vertedero, pero sin poner en cuestión la necesidad de la ampliación del mismo. No se ha explorado la alternativa cero.
  21. Vigesimoprimera.- Las operaciones de vertido que se plantean en la Memoria superarían el límite máximo de vertido que está establecido en la vigente AAI de 125.000 t/año.
  22. Vigesimosegunda.- El promotor en la documentación de la solicitud no ha presentado el preceptivo Informe de Compatibilidad Urbanística municipal exigido por el artículo 12 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y por el artículo 27.1 de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de prevención, calidad y control ambiental de actividades en la Comunitat Valenciana. Esta solicitud de una modificación sustancial de la AAI otorgada a RCPN no debería haber sido admitida a trámite por la autoridad ambiental en base al artículo 28.4 de la Ley 6/2014, de 25 de julio, en base a que no se ha presentado ese Informe de Compatibilidad Urbanística municipal, ni siquiera la solicitud de ese Informe. Los parámetros urbanísticos de la actuación proyectada difieren sustancialmente de los de la DIC otorgada a RCPNSA en 2001. Esa DIC no ampara urbanísticamente esta actuación y se debería tramitar una nueva DIC o solicitar la modificación de la DIC vigente.
  23. Vigesimotercera.- La ampliación del actual vertedero ocuparía terrenos de la ZEPA Montnegre declara por el Consell en 2009 y esa ubicación sería incompatible con las legislación estatal sobre el suelo y sobre la naturaleza, además de contradictoria con sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional sobre proyectos de urbanización en zonas ZEPA.
  24. Vigesimocuarta.- Se deben revisar los valores límite de emisión del evaporador forzado de lixiviados (Foco F-4), de acuerdo con los Niveles de Emisión Asociados a las MTD (NEA-MTD) del Tratamiento de Residuos, de la Decisión de Ejecución de la Comisión Europea (UE) 2018/1147 de 10 de agosto de 2018, por la que se establecen las conclusiones sobre las MTD del tratamiento de residuos, dado que le son de aplicación, pues los lixiviados tratados provienen tanto del vertedero como de la planta TMB.
  25. vigesimoquinta.- Los parámetros de control de los lixiviados son insuficientes.
  26. Vigesimosexta.- RCPNSA no demuestra en la documentación sometida a información pública el depósito de fianza o garantía alguna exigido por el RD 1481/2001, de 27 de diciembre y la Ley 22/2011, de 28 de julio,  de residuos y suelos contaminados (antes Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos), con anterioridad al comienzo de las operaciones de eliminación de residuos. Tampoco se demuestra que RCPNSA haya iniciado las gestiones para constituir la garantía financiera exigida por la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, ni realizado el preceptivo análisis de riesgos medioambientales exigido por esa Ley.
  27. Vigesimoséptima.- La tramitación de la información pública ha incumplido la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por la Ley 9/2018, de 5 de diciembre. No se ha producido ninguna modalidad de consulta pública establecida en la normativa comunitaria.


















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