ULTIMA HORA
Una vez mas y sin dejar de sorprendernos nuestro Ayuntamiento vuelve a meter la pata. Nuevamente la Institución del SINDIC DE GREUGES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, vuelve a tirar de las orejas a nuestros "gestores políticos", por no hacer bien los deberes:
Con fecha 17/07/2017
EIXIDA NÚM. 19546 y dirigido al Ayuntamiento de Jijona
Sra. Alcaldesa-Presidenta
Av. de la Constitució, 6
Jijona - 03100 (Alicante)
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Ref. queja núm. 1611356
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Asunto: Incumplimiento de convenio. Mantenimiento de caminos. La Institución del SINDIC DE GREUGES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA, le dice a nuestra alcaldesa:
(........ con motivo de unas obras de conducción de
agua potable, firmó un convenio con el Ayuntamiento de Xixona de fecha 5 de junio de
2000, por el que se autorizaba la ocupación de estos terrenos, comprometiéndose éste a
la ejecución de las obras necesarias para que el camino pudiera ser usado en todo
momento por vehículos de motor; sin embargo, el camino resulta intransitable dada la
ausencia de labores de mantenimiento, habiéndose solicitado en varias ocasiones al
Ayuntamiento la realización de las mismas, sin que se haya obtenido respuesta........)
(......... señalar que los convenios, de carácter público o privado, son auténticos
vínculos contractuales, y obligan inexorablemente a las dos partes, por lo que el
Ayuntamiento viene obligado al mantenimiento del camino, para que pueda ser usado
en todo momento por vehículos de motor, automóviles.........)
(.........En virtud de todo cuanto antecede, y de conformidad con lo previsto en el art.29 de la
Ley de la Generalitat 11/1988, de 26 de diciembre, reguladora de esta Institución,
consideramos oportuno RECOMENDAR al Ayuntamiento de Xixona:
1.- Que proceda al cumplimiento de las obligaciones asumidas, derivadas del
documento de autorización de ocupación de terrenos firmado con el interesado el
5/6/2000, que tiene la naturaleza jurídica de convenio entre el interesado y el
Ayuntamiento de Xixona.
2.- En caso contrario, previos los trámites legales necesarios, proceda a la resolución del
citado convenio, asumiendo las indemnizaciones al particular que, en su caso, fueran
legalmente exigibles.
3.- Que, en su caso, proceda en el menor tiempo posible a la formalización de la
constitución de los derechos de servidumbre y paso que pudieran existir, y a la
inscripción de éstos en los Registros Públicos y en el Inventario Municipal de Bienes........)
LOS CONVENIOS ENTRE CIUDADANOS Y AYUNTAMIENTOS ESTÁN PARA CUMPLIRLOS
Hay que recordarles a nuestros gobernantes en el Ayuntamiento y particularmente a sus directores políticos, a unos mas que otros; que la función primordial de su presencia en la institución municipal es la de FACILITAR LA VIDA y HACERLA MAS LLEVADERA a sus ciudadanos. Y lamentablemente, y esperemos que por poco tiempo, alguna/o, aun cobrando un buen sueldo ,anda empeñado/a en hacer precisamente todo lo contrario.
Pero que no olviden que todo lo que hacen para dificultar la vida de los ciudadanos, se lo recordaremos en las próximas ELECCIONES.

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