Con motivo del INCUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE LA REGLA DE GASTO EN LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2016, por parte del AYUNTAMIENTO DE XIXONA. el Ayuntamiento Pleno adoptó........... la aprobación de un documento (Plan Económico financiero 2017/2018):
http://www.xixona.es/upload/transparencia/presupuestos/pef2017_2018.pdf
“................En Informe emitido por la Intervención municipal en fecha de 25 de abril de 2017
sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de la regla del gasto
y del límite de deuda con motivo de la Liquidación del Presupuesto General del
Ayuntamiento de Xixona del ejercicio 2016, aprobada mediante resolución de la
Alcaldesa núm. 2017/570, de fecha 25 de abril de 2017, se puso de manifiesto .............el incumplimiento del objetivo fiscal de la
regla de gasto
De acuerdo con el citado informe y con la normativa vigente, una vez constatado el incumplimiento, la administración pública incumplidora deberá de formular un plan económico-financiero que permita en el año en curso y el siguiente el cumplimiento de los objetivos o de la regla de gasto. ....................."
De acuerdo con el citado informe y con la normativa vigente, una vez constatado el incumplimiento, la administración pública incumplidora deberá de formular un plan económico-financiero que permita en el año en curso y el siguiente el cumplimiento de los objetivos o de la regla de gasto. ....................."
documento (Plan Económico financiero 2017/2018)
Me quedo perplejo cuando dice nuestra alcaldesa "haciendo alusión a dicho incumplimiento por parte de su gobierno" y que ella misma preside ,en el pasado pleno ordinario de Julio/2017 (minuto 12.52 del vídeo):
".........yo considero muy injusto este documento (Plan Económico financiero 2017/2018) y me cuesta mucho presentar este documento así. En un Ayuntamiento que no tenemos deuda, tenemos dinero en el banco, todos los años ingresamos mas que gastamos y encima tenemos que dar explicaciones. ¿quien lo entiende? , no podemos compartir este tipo de medidas; son muy injustas las reglas del juego, y ya toca cambiarlas........."
Vamos a ver Sra. Alcaldesa ¿como que no entiende?, si el documento (Plan Económico financiero 2017/2018) lo presenta Vd. a través de la concejalia de Hacienda Municipal por obligación legal.
PLAN ECONÓMICO-FINANCIERO 2017/2018, QUE SE PRESENTA POR
INCUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE LA REGLA DE GASTO EN LA
LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2016 DEL AYUNTAMIENTO DE XIXONA, documento que presenta ella misma, de la mano obviamente de su concejal de hacienda Sr. Mira, para su aprobación por el Pleno y por imperativo legal.
Habra que recordarle a la Sra. Isabel López Galera , alcaldesa de Xixona y del partido PSPV-PSOE, que fue de mano del partido al que pertenece - PSOE y de su Secretario General Sr. Zapatero el 2 de Septiembre de 2011, cuando el Congreso de los Diputados aprobó con 316 votos a favor y 5 en contra, la primera reforma constitucional de calado, para introducir de forma urgente en la Carta Magna "el Principio de Estabilidad Financiera para limitar el déficit" y consecuencia posterior el "control del Gasto y la regla de control del mismo"; precisamente de lo que ella se queja, la aplicación de la Regla de Gasto.
https://politica.elpais.com/politica/2014/11/24/actualidad/1416849910_452980.html
https://politica.elpais.com/politica/2014/11/24/actualidad/1416849910_452980.html
ARTÍCULO 135 - CONSTITUCIÓN (HASTA 2011)
1. El Gobierno habrá de estar autorizado por Ley para emitir Deuda Pública o contraer crédito.
2. Los créditos para satisfacer el pago de intereses y capital de la Deuda Pública del Estado se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de los presupuestos y no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión.
ARTÍCULO 135-CONSTITUCIÓN VIGENTE (DESDE SEPTIEMBRE DE 2011)
1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.
Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.
La actual situación económica y financiera no ha hecho sino reforzar la conveniencia de llevar el principio de referencia a nuestra Constitución
3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito.
4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.
Es necesario que nuestros gobernantes al menos en Xixona, se vayan enterando si no lo saben, cosa que dudo, de como funciona el "circo político" y dejen de fingir con "aparente indignación"
Una de dos o esta Sra. no se entera, o peor aun, no se quiere enterar: difícilmente puede ni debe quejarse de algo que ha propiciado ella misma (Incumplir el objetivo de la Regla de Gasto en el ejercicio económico 2016) la prueba de ello es que viene avalado precisamente por la presentación ante el Pleno del ya referido documento (Plan Económico financiero 2017/2018) por el equipo de gobierno actual. Quienes gobiernan en Xixona son Vds (PSOE-PSPV) con el apoyo incondicional de (MES XIXONA).
Su cara y actitud lastimera de victimización cuando expresa su desacuerdo con algo que ella y su gobierno han propiciado, presentando y avalando un documento (Plan Económico financiero 2017/2018) - POR INCUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE LA REGLA DE GASTO, es de mero postureo.
"Esas cosas Isabel, hay que llevarlas mejor preparada, a lo bruto no entra"
El incumplimiento por parte del Ayuntamiento de Xixona de la Regla de Gasto, lleva necesariamente implícito la presentación de un documento denominado (Plan Económico financiero 2017/2018) con una serie de requisitos y plazos marcados por ley y que Vd. bien sabe o debería saber.
Igualmente recordarle tanto a Vd. como al grupo político que la mantiene al frente de la alcaldía (Mes Xixona) que cuando el líder espiritual del mismo Sr. Carbonell, dice: (minuto 09.59) del vídeo:
"........ criticar la falta de autonomía local........."
Al igual que Vd. continua sin enterarse; la Autonomía municipal (principio fundamental de la constitución española de 1978) al igual que la energía, ni se pierde ni se gana con la redacción y aprobación del mencionado documento (Plan Económico financiero 2017/2018), este documento es simplemente la "causa " del INCUMPLIMIENTO DEL OBJETIVO DE LA REGLA DE GASTO EN LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2016, por parte del AYUNTAMIENTO DE XIXONA. Y lamentablemente los responsables de ese incumplimiento son Vds mismos.




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